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CONVOCATORIA SUBVENCIONES AUTOCONSUMO, ALMACENAMIENTO Y TÉRMICAS RENOVABLES

En el BOCyL de fecha 29 de septiembre se ha publicado el extracto de la Orden de 24 de septiembre de 2021, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se convocan subvenciones dentro diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Para autoconsumo, en este enlace pueden descargar el texto de dicho extracto así como el texto de la Orden de convocatoria y las Bases Reguladoras. Para renovables térmicas (solar térmica, biomasa, geotermia, aerotermia) utilizar este enlace .

En los próximos días, en los enlaces anteriores se irá actualizando información con la documentación necesaria a preparar para realizar la solicitud correspondiente.

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir de las 00:00 horas del día 17 de enero de 2022. Utilizándose este enlace para acceder a la aplicación electrónica habilitada para la presentación de las solicitudes y seguimiento de los expedientes.

Para todos los programas, el plazo de presentación de solicitudes, concluirá el 31 de diciembre de 2023, tal día inclusive, momento a partir del cual no serán admitidas más solicitudes.

 

Elegibilidad de las actuaciones:

 ·Para los destinatarios últimos de los programas de incentivos 1, 2 y 3, las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago deberán ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud, excepto en el caso de las actuaciones preparatorias descritas en el artículo 13.6 del RD 477/2021, de 29 de junio.

 ·Para los destinatarios últimos de los programas de incentivos 4, 5, y 6, previstos por el artículo 13 del RD 477/2021, de 29 de junio, se exigirá que las fechas de las facturas correspondientes a la ejecución de las instalaciones objeto de ayuda sean posteriores al 30 de junio de 2021

 Para todos los programas, los presupuestos utilizados para la solicitud de la ayuda deberán ser de fecha posterior al 30 de junio de 2021.

Cuando no se utilice en la presentación de la solicitud a una empresa instaladora colaboradora (enlace al listado), el destinatario último, deberá (i) disponer de DNI electrónico (DNI-e) o de un certificado electrónico reconocido por esta Administración en la sede electrónica, que sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Las entidades prestadoras del servicio,  reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web www.tramitacastillayleon.jcyl.es y (ii) deberán haberse dado de alta en el procedimiento IAPA Nº 3165 (Subvenciones autoconsumo y almacenamiento renovable y sistemas térmicos renovables).

 

 

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